<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<!-- generator="wordpress/2.0.1" -->
<rss version="2.0" 
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	>

<channel>
	<title>Bajando Linea</title>
	<link>http://www.bajandolinea.com.ar</link>
	<description>"El mayor castigo para el hombre de bien, cuando se niega a gobernar a los demas, consiste en ser gobernado por otro hombre peor que el" PLATON</description>
	<pubDate>Mon, 30 Jun 2008 01:33:11 +0000</pubDate>
	<generator>http://wordpress.org/?v=2.0.1</generator>
	<language>en</language>
			<item>
		<title>DEMOCRACIA</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=444</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=444#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 30 Jun 2008 01:10:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=444</guid>
		<description><![CDATA[
Constitución de la Nación Argentina
Preámbulo
Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="padding: 3px; text-align: left"><a title="photo sharing" href="http://www.flickr.com/photos/ajetche/2622331375/"><img style="border: 2px solid #000000" src="http://farm4.static.flickr.com/3026/2622331375_89069be1bb.jpg" /></a></div>
<p><strong>Constitución de la Nación Argentina</strong></p>
<p><strong>Preámbulo</strong></p>
<p>Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina.</p>
<p>Primera Parte</p>
<p>Capítulo Primero - Declaraciones, derechos y garantías</p>
<p>ARTÍCULO 1.- <strong>La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según lo establece la presente Constitución.</strong></p>
<p>ARTÍCULO 2.- El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano.
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=444</wfw:commentRSS>
		</item>
		<item>
		<title>OTRO MUERTO EN LA PLAZA DE LA DEMOCRACIA</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=442</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=442#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 20 Jun 2008 10:36:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=442</guid>
		<description><![CDATA[Qué tan triste situación para demostrar que la democracia está por encima de todo, que valora la vida en primer lugar, pero no se respetó el cruel instante. Un joven compatriota muere accidentalmente en esa plaza, donde tanta sangre se ha derramado, no importó.
La garra del odio pudo más.
La ostentación del poder bramó.
La áspera voz [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Qué tan triste situación para demostrar que la democracia está por encima de todo, que valora la vida en primer lugar, pero no se respetó el cruel instante. Un joven compatriota muere accidentalmente en esa plaza, donde tanta sangre se ha derramado, no importó.</p>
<p>La garra del odio pudo más.<br />
La ostentación del poder bramó.<br />
La áspera voz del tirano gritó por encima de esa sangre aún fresca.<br />
La mirada oscura desconoció la ternura.<br />
El suspender la concentración por otro caído no circuló por sus mentes.<br />
Otro ser pasa al olvido en pos del becerro de oro.</p>
<p>Los silentes testigos, como el Cabildo y la Catedral grabaron en sus paredes un nombre más.</p>
<p>Los silentes convocados nuevamente no tomaron conciencia de la precariedad de sus vidas y que en definitiva sólo importan para llenar un espacio, una imagen que se transmite sin que se den cuenta que son objeto de los que dicen hacer política, de los que se hacen llamar políticos, de los que enferman con el poder de dominio sobre el prójimo.</p>
<p>¿ Conocerán de la Parábola del Buen samaritano ?</p>
<p>Haber pedido silencio por el que se fue y retirarse hubiera superado todos los discursos de la historia de la humanidad. Cada semilla que no plantamos, no germina, el árbol no crece y la fresca sombra para el pueblo nunca llega. Hacen falta los pobres, los indigentes, la miseria, para que aquellos buenos para nada justifiquen ante los demás sus dichos. No pueden darle sentido a la vida desde sí mismos, están huecos, carentes de amor por todo aquello que posee vida.</p>
<p>Están llenos de materia, no tienen nada. El resto del país convocado a una jornada de meditación, observó y nuevamente se escucharon las cacerolas dentro de sus corazones. También volvieron a rechinar en los habitantes de la Casa Rosada, vallada como fiel expresión de que no nos pertenece.</p>
<p>Sin embargo muchos pasaron y nadie pudo llevársela. ¡ Si hablara ! Los hechos escriben la historia, las palabras se pierden en el infinito. Cuando todavía se escucha el eco entre las viejas paredes: ¨&#8230; mientras exista un pobre en la Argentina&#8230;¨,  los añosos árboles que cubren el perímetro, dicen, ¨mientras todavía exista un muerto sobre nuestras raíces, no habra paz¨.</p>
<div style="text-align: center"><img title="Muerte en la plaza de mayo" alt="Muerte en la plaza de mayo" src="http://www.etchevarne.net/jorge-blog/muerte.jpg" /></div>
<p><strong> </strong></p>
<div align="center"><strong>¿ Oh Juremos con Gloria Morir ?</strong><br />
<strong>Al compatriota traído de Tucumán, Ni Gloria y Murió.</strong></div>
<p><strong>Dr. Alfredo Jorge Etchevarne Parravicini<br />
LE 8406475</strong>
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=442</wfw:commentRSS>
		</item>
		<item>
		<title>TIGRE: INSTITUTO MEDICO DIRIGIDO POR UN PSICOLOGO</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=441</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=441#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 19 Jun 2008 00:31:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=441</guid>
		<description><![CDATA[En el Instituto de Pediatría Alicia Moreau de Justo, sito en la calle Guareschi 444, Tigre, Pcia. de Bs. As., se realizó el 17 de junio del corriente año, una inspección para constatar irregularidades.
Durante la misma un Licenciado en Psicología se presentó ante el inspector actuante, como Director del mencionado Instituto.
Este último, declaro cumplir dicha [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En el Instituto de Pediatría Alicia Moreau de Justo, sito en la calle Guareschi 444, Tigre, Pcia. de Bs. As., se realizó el 17 de junio del corriente año, una inspección para constatar irregularidades.<br />
Durante la misma un Licenciado en Psicología se presentó ante el inspector actuante, como Director del mencionado Instituto.<br />
Este último, declaro cumplir dicha función y afirmó que las decisiones en el lugar le competen a el, aún los nombramientos de Profesionales de la Salud.<br />
Si tenemos en cuenta la Ley 17132 en su Art 40: ¨Los Establecimientos asistenciales, deberán tener a su frente a un Director Médico …¨ como responsable ante las autoridades y los ciudadanos.<br />
También se encontraron áreas sin habilitar y en estado precario con instalaciones de corriente eléctrica, agua y desagües a la vista sobre paredes con humedad, así como la cadena de esterilidad alterada.<br />
<strong>¿ Pone esto en riesgo la calidad asistencial y el cuidado de la integridad física de los tigrenses  ?.</strong>
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=441</wfw:commentRSS>
		</item>
		<item>
		<title>¿ CUAL ES EL FUTURO REAL DE TIGRE ?</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=440</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=440#comments</comments>
		<pubDate>Sat, 07 Jun 2008 10:55:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=440</guid>
		<description><![CDATA[Oficializan asistencia de $ 2.820 millones para cubrir el rojo de la Provincia  
El convenio entre la Casa Rosada y el gobierno bonaerense ayer fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia. El gobierno de Daniel Scioli deberá cumplir una serie de requisitos financieros y pondrá como garantía los recursos de la coparticipación. Cancelará los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Oficializan asistencia de $ 2.820 millones para cubrir el rojo de la Provincia</strong>  </p>
<p>El convenio entre la Casa Rosada y el gobierno bonaerense ayer fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia. El gobierno de Daniel Scioli deberá cumplir una serie de requisitos financieros y pondrá como garantía los recursos de la coparticipación. Cancelará los créditos en 83 cuotas&#8230;<br />
El abultado rojo fiscal que arrastra la Provincia hace que dependa de los fondos que envía el Gobierno nacional para cumplir las obligaciones oportunamente asumidas. En ese contexto, se inscribe el convenio de asistencia financiera que fue firmado en abril, pero que recién entró en vigencia ayer a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Esto muestra a las claras que el Gobierno nacional y la gestión de Daniel Scioli se encuentran en la misma sintonía política.<br />
El convenio establece, entre otros puntos, el otorgamiento de créditos por un monto total de 2.820 millones de pesos, que servirá para que la Provincia pueda cancelar servicios de capital de la deuda de 2008.<br />
En ese sentido, el convenio establece que los créditos deberán ser reembolsados por la Provincia, de acuerdo a las siguientes condiciones:<br />
A) Amortización de capital: se efectuará en 83 cuotas mensuales consecutivas equivalentes al 1,119% del capital, y una última equivalente 1,23% del capital, las que serán canceladas a partir de enero de 2010.<br />
B) Intereses: se calcularán a una tasa del 6% nominal anual y se pagarán mensualmente, siendo el primer vencimiento el mes de enero de 2009.<br />
Para poder acceder a este financiamiento, la Provincia debe cumplir y exhibir determinados resultados financieros en sus cuentas, e implementar durante este año una política ocupacional y salarial compatible con resultados fiscales y financieros “incorporados en el convenio”. En caso de no cumplir, se podrían aplicar distintas penalidades tales como el derecho, por parte del Estado nacional, de reclamar la restitución parcial o total del préstamo. Además, pasará a asegurar, el cumplimiento de las obligaciones de reembolso del préstamo, la Provincia pone como garantía las sumas que recibe por el Régimen de Coparticipación Federal por el monto de la deuda total. Los desembolsos mensuales, que comenzaron a ser girados, varían de entre 245 a 500 millones de pesos. Además, la Provincia tiene la obligación de suministrar al ministerio de Economía de la Nación la información necesaria para el seguimiento de la evolución de las finanzas públicas.
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=440</wfw:commentRSS>
		</item>
		<item>
		<title>EN EL NACER Y EN EL MORIR TODOS NOS ENCONTRAMOS</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=439</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=439#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 25 May 2008 23:42:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=439</guid>
		<description><![CDATA[Casi 10 años investigando: desde 1999 hasta 2008 en Tigre nada ha cambiado, en realidad se ha profundizado el viejo plan de gentrificación: que en traducciones y textos recientes deviene gentrificación, se refiere en los estudios urbanos actuales a la ocupación por parte de grupos de altos ingresos de zonas anteriormente ocupadas por grupos de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Casi 10 años investigando</strong>: desde 1999 hasta 2008 en Tigre nada ha cambiado, en realidad se ha profundizado el viejo plan de gentrificación: que en traducciones y textos recientes deviene gentrificación, se refiere en los estudios urbanos actuales a la ocupación por parte de grupos de altos ingresos de zonas anteriormente ocupadas por grupos de bajos ingresos (con la consiguiente valorización de esas zonas -en general zonas centrales muchas veces deterioradas- y el desplazamiento de sus primitivos ocupantes). Es esta una tendencia opuesta a la tendencia clásica de los grupos de altos ingresos hacia la suburbanización (en particular en las ciudades norteamericanas), ya tratada en los trabajos clásicos de Burgess (1925) y estudiada especificamente por Hoyt (1933 y 1939) en lo que respecta a la ocupación y valorización (colonización) de zonas cada vez más alejadas a lo largo de los ejes metropolitanos preferenciales. El término gentry alude originariamente a los grupos que socialmente estaban posicionados inmediatamente por debajo de la nobleza (The Concise Oxford Dictionary, 4th. Edition, 1929); en la literatura urbana actual la gentrificación se refiere al fenómeno preciso ya aludido: una zona se gentrifica cuando es ocupada por un grupo social de alto nivel -o, en ocasiones, por actividades del terciario avanzado- lo que provoca usualmente drásticas variaciones en los valores y usos del suelo.</p>
<p>El discurso político local, habla del plumaje ajeno sin mirar el de su propio origen. Nada peor que una mirada umbilical para impedir ver la realidad absoluta, no la pactada.</p>
<p>Mientras el único valor sea el becerro de oro, la vida no cuenta y víctimas son los victimarios y las víctimas, ambos sin poder ver la realidad, debido a distintas mecánicas sociológicas que así los forjaron.</p>
<p>Entre todos hemos gestado este estado de cosas, todas las formas condujeron a no mirar hacia afuera, sólo del ombligo hacia adentro, incapaces de abandonar la completud intestinal.</p>
<p>La plenitud material, consumista y depredadora no vislumbra que para esa estólida abundancia la madre tierra pierde vitalidad para alimentarnos.</p>
<p>Todo es descartable, la vida, los valores éticos y morales.</p>
<p>Asumen como mandatarios sin conocer el Código de Etica, basamento para servir al mandante, ese ser siempre ignorado luego de las votaciones.</p>
<p>Tanto se falta a la verdad, que vuelven a repetir los mismos dichos. La primera de ellas requiere una sucesión infinita de las mismas para ser sostenida en su inicio.</p>
<p>Y así continuamos para la fotografía, icono de cada sin sentido que generamos, carente de contenido.    </p>
<p><strong>Cuida tus Pensamientos porque se volverán Palabras.<br />
Cuida tus Palabras porque se volverán Actos.<br />
Cuida tus Actos porque se harán Costumbre.<br />
Cuida tus Costumbres porque forjarán tu Carácter.<br />
Cuida tu Carácter porque formará tu destino<br />
Y tu Destino será tu vida…<br />
                                                             Mahatma Gandhi</strong>
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=439</wfw:commentRSS>
		</item>
		<item>
		<title>VEDERE NAPOLI E DOPO MORIRE. VEDERE TIGRE E &#8230;</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=438</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=438#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 21 May 2008 13:15:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=438</guid>
		<description><![CDATA[Nápoles se hunde en la basura y el caos
Miguel Mora - Roma - 19/05/2008
  
&#8220;La inmundicia es riqueza&#8221;, se dice en Nápoles. Para demostrarlo, 4.200 toneladas de basura inundaban ayer otra vez la ciudad. Las hogueras humeaban en el centro, la periferia y el campo.
&#8220;La sensación es apocalíptica, de abandono total. Ya no es la sensación [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Nápoles se hunde en la basura y el caos</strong><br />
Miguel Mora - Roma - 19/05/2008<br />
  <br />
&#8220;La inmundicia es riqueza&#8221;, se dice en Nápoles. Para demostrarlo, 4.200 toneladas de basura inundaban ayer otra vez la ciudad. Las hogueras humeaban en el centro, la periferia y el campo.</p>
<p>&#8220;La sensación es apocalíptica, de abandono total. Ya no es la sensación de vivir en el Tercer Mundo, es peor que eso.&#8221;.</p>
<p>El Colegio de Médicos advirtió ayer que la situación higiénica está al límite de lo tolerable.</p>
<p>Los médicos advierten del peligro a corto y medio plazo: &#8220;Los daños mayores los provocan las DIOXINAS desprendidas por los incendios de basura, que pueden contaminar la cadena agroalimentaria y los acuíferos superficiales&#8221;, dijo ayer Scalera. &#8220;No hay tiempo que perder, porque el riesgo de enfermedades aumentará con el calor&#8221;.</p>
<p>Nápoles sufre hace 15 años la llamada &#8220;emergencia de los residuos&#8221;, que es vista como una consecuencia directa de la incapacidad de los políticos italianos, de todas las ideologías, para poner orden en un sector económico controlado, como tantos otros en la provincia.</p>
<p>Llevan 30 años descargando ilegalmente y a bajo precio millones de toneladas de residuos tóxicos, producidos por las empresas del rico norte de Italia, en la región de Campania. El progresivo envenenamiento del territorio, que ha aumentado la incidencia del cáncer en la zona en un 20%, ha producido el lógico pánico entre los habitantes, que se niegan a dejar que se construyan más vertederos e incineradoras. De manera que ya no hay sitio donde eliminar la basura fresca y ésta debe ser exportada, pagando cantidades millonarias, a países como Alemania o Suiza.</p>
<p><strong>TIGRE SUFRE 58 AÑOS DE COTAMINACION !!!<br />
&#8230; E DOPO MORIRE</strong>
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=438</wfw:commentRSS>
		</item>
		<item>
		<title>MASSA TAMBIEN SABIA (Equipos para la Victoria / 2007)</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=437</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=437#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 20 May 2008 00:31:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=437</guid>
		<description><![CDATA[RIESGO DE ACCIDENTE AEREO (Perforación de superficies limitadoras de espacio aéreo de la cabecera de pista del Aeropuerto internacional de San Fernando)
VISTO EL BOLETÍN Nº 509 - 8 de febrero de  2008, PARA EL DECRETO Nº 165/08, CPDE. EXPTE. 4112-37.468/07 Y 4112-38.278/07. TIGRE, 7 de febrero de 2008.
DIGO:
Que en el mismo se falta a la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>RIESGO DE ACCIDENTE AEREO (Perforación de superficies limitadoras de espacio aéreo de la cabecera de pista del Aeropuerto internacional de San Fernando)</strong></p>
<p><strong>VISTO</strong> EL BOLETÍN Nº 509 - 8 de febrero de  2008, PARA EL DECRETO Nº 165/08, CPDE. EXPTE. 4112-37.468/07 Y 4112-38.278/07. TIGRE, 7 de febrero de 2008.</p>
<p><strong>DIGO</strong>:<br />
Que en el mismo se falta a la verdad a más de hacer caso omiso al ESPACIO AEREO, ORSNA, Resolución 50/2003, Boletín Oficial Número 30.159, Sección Primera, Páginas 10 y 11, Martes 27 de mayo de 2003,</p>
<p><strong>SURGIDO DE</strong>:<br />
28/12/1999<br />
Fuerza Aérea Argentina<br />
Denuncia por edificaciones en propiedad horizontal que superan la altura máxima permitida por el Código Aeronáutico ante la cercanía del Aeropuerto Internacional de San Fernando. Exp. 5.471.660.<br />
20/01/2000<br />
Fuerza Aérea Argentina<br />
Reiteración de denuncia anterior. Exp. 5.471.660.<br />
06/03/2000<br />
Fuerza Aérea Argentina<br />
Ampliación denuncias anteriores. Exp. 5.471.660.<br />
08/11/2000<br />
Defensor del Pueblo de La Nación<br />
Alteración de Códigos de Urbanización y Códigos de Edificación en el Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires. Actuación 13174/00.<br />
24/05/2001<br />
Fuerza Aérea Argentina<br />
Nuevos proyectos inmobiliarios que violarán la altura máxima permitida por la OACI, del espacio aéreo correspondiente al Aeropuerto Internacional de San Fernando. Exp. 5.501.006.<br />
24/05/2001<br />
Defensor del Pueblo de La Nación<br />
Nuevos proyectos inmobiliarios que violarán la altura máxima permitida por la OACI, del espacio aéreo correspondiente al Aeropuerto Internacional de San Fernando. Actuación 6653/01.<br />
11/07/2001<br />
Fuerza Aérea Argentina<br />
Ampliación denuncia 24/05/2001 por proyectos inmobiliarios que violarán la altura máxima permitida por la OACI, del espacio aéreo correspondiente al Aeropuerto Internacional de San Fernando. Exp. 5.504.275.<br />
11/07/2001<br />
Defensor del Pueblo de La Nación<br />
Ampliación denuncia 24/05/2001 por proyectos inmobiliarios que violarán la altura máxima permitida por la OACI, del espacio aéreo correspondiente al Aeropuerto Internacional de San Fernando. Actuación 6653/01.<br />
08/02/2002<br />
Defensor del Pueblo de la Nación<br />
Nueva ampliación de denuncia, por violación del Código Aeronáutico. Actuación 6653/01.<br />
15/02/2002<br />
Defensor del Pueblo de la Nación<br />
Solicitud de unificación actuaciones, por denuncia de violación del Código Aeronáutico.<br />
08/07/2002<br />
Defensor del Pueblo de la Nación<br />
Análisis Dictamen Fuerza Aérea Argentina por Violación del Código Aeronáutico. Actuación 6653/01.<br />
13/09/2002<br />
Defensor del Pueblo de la Nación<br />
Incorporación nuevo material provatorio a la actuación por violación del Código Aeronático. Actuación 6653/01.<br />
<strong>ORSNA<br />
Resolución 50/2003</strong><br />
Establécese como propio del ORSNA un dictamen respecto de la responsabilidad del Organismo en la fijación de las superficies de despeje de obstáculos y asímismo sobre su intervención en la adecuación de ordenanzas municipales referidas a los permisos, servidumbres, expropiaciones por causa de utilidad pública, así como en la determinación del peligro que representan los obstáculos.<br />
Bs.As. 22/05/2003-05-28 &#8230;&#8230;&#8230;..<br />
CONSIDERANDO<br />
Que el Expediente citado en primer término en el VISTO tramita lo actuado por el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en relación a la necesidad planteada por la SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA de detrminar la responsabilidad que le cabe al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en la fijación y control de las Superficies Limitadoras de Obstáculos en función de la normativa aplicable y vigente.<br />
Que al respecto cabe recordar que el Artículo 17.6 del decreto 375/97 establece como función de este Ente Regulador, entre otras, la de: &#8220;Fijar la Superficie de Despeje de Obstáculos, actuando en coordinación con la FUERZA AEREA ARGENTINA&#8221;. &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.<br />
Que en tal sentido el Servicio Jurídico entiende que: &#8220;(&#8230;) las disposiciones del Código Aeronáutico apuntan a la regulación del régimen jurídico de la propiedad previendo efectos de carácter civil y regulaciones tipicamente administrativas, mientras que las superficies propiamente dichas no son otra cosa que trazados imaginarios delimitadoras del espacio aéreo circundante a la pista de aterrizaje cuya finalidad es estandarizar los procedimientos, garantizar máxima eficiencia y las condiciones ideales de seguridad en vuelo&#8221;. &#8230;&#8230;.<br />
Que asímismo el Servicio Jurídico opina que el Artículo 17.6 del Decreto Número 375/97, establece entre las funciones de este Ente regulador la de: &#8220;Fijar la superficie de despeje de obstáculos, actuando en coordinación con la Fuerza Aérea Argentina&#8221; por lo que es necesario discriminar los alcances del término &#8220;fijar&#8221;, debiendose indagar cual es el espíritu de la norma, debiendo tener en consideración que la enunciación es una facultad-deber inherente a la función administrativa de este Ente Regulador&#8221;.<br />
Que por otra parte el área legal considera que: &#8220;Si bien es cierto que fijar las &#8220;Superficies Delimitadoras&#8221; involucra la seguridad en vuelo no lo es menos que la tarea se vincula a la infraestructura, a la seguridad del servicio aeroportuario, a la mencionada coordinación a nivel municipal y fundamentalmente a las consecuencias jurídicas respecto de la remoción y emplazamiento de los obstáculos&#8221;.<br />
Que la Gerencia de Asuntos Legales y Administrativos en este órden de ideas considera que: &#8220;(&#8230;) una de las finalidades perseguidas con la creación del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS y la privatización del servicio es alcanzar paulatinamente los estándares internacionales de seguridad aeroportuaria en el marco de las recomendaciones de la ORGANIZACION DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL (OACI)&#8221;. &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.<br />
Que por otra parte el Servicio Jurídico opina que: &#8220;(&#8230;) la creación del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) tiene entre sus líneas primordiales coordinar las acciones necesarias para la aviación civil, fundamentalmente en lo que hace a la materia de infraestructura y seguridad, salvaguardando la responsabilidad del Estado Argentino en dichos aspectos&#8221;.<br />
Que en tal sentido continúa señalando el Servicio Jurídico que: &#8220;para dirimir la competencia del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en relación al particular, corresponde hacerlo sobre un criterio que distinga el ejercicio de la policía aeronáutica y demás cuestiones de naturaleza técnico aeronáutico propio de la Fuerza Aérea Argentina, respecto de la policía administrativa y las pautas de cumplimiento de las previsiones del Título 2 &#8220;Limitaciones de Obstáculos de los Aeropuertos&#8221; del Manual de Servicios de la ORGANIZACIÓN DE AVIACION CIVIL (OACI), el cual en su capítulo 20, numeral 2.2.5 establece que: &#8220;El administrador del aeropuerto, o quien éste haya designado, debe trabajar en estrecha colaboración con las autoridades gubernamental a nivel nacional y local, para cerciorarse que se han dado todos los pasos posibles, para evitar la erección de nuevos obstáculos e informar a las autoridades encargadas de la zonificación acerca del emplazamiento, longitud, orientación y elevación de las pistas, datos en los que se basa la costrucción de las superficies limitadoras de obstáculos&#8221;.<br />
Que va de suyo que este Ente Regulador no debe inmiscuirse en las áreas de carácter técnico aeronáutico ni alterar per se la Zona de despeje de obstáculos.<br />
Que el Servicio Jurídico concluye que: &#8220;la tarea del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) no se limita al contralor de las obras comprometidas dentro del perímetro de los aeropuertos de titularidad estatal, pues debe entender en la adecuación de las ordenanzas municipales referidas a los pemisos, servidumbres, expropiaciones por causa de utilidad pública y determinación del peligro que representan los obstáculos, a cuyo efecto le fuera asignada la facultad en cuestión, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 32 del Decreto Número 375/97 - el que reza: &#8220;EL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUETOS (ORSNA) no tendrá competencia en las decisiones de carácter técnico aeronáutico adoptadas por la FUERZA AEREA ARGENTINA&#8221;- y del ejercicio del poder de policía aeronáutica sobre la zona de despeje, el que corresponde ejercer a la FUERZA AEREA ARGENTINA&#8221;.<br />
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS ha tomado la intervención que le compete.<br />
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) es competente para el dictado de la presente medida, conforme lo establece el Artículo 3 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Número 19.549 y demas normativa citada precedentemente.<br />
Que en reunión de Directorio de fecha 8 de marzo de 2003, se ha considerado el asunto, resolviéndose acerca de la procedencia del dictado de la presente medida.<br />
Por ello:<br />
<strong>EL DIRECTORIO DEL ORSNA<br />
RESUELVE</strong>:<br />
Artículo 1 - Hacer propio el criterio sostenido en el Dictamen GALA Número 35/03 respecto de la responsabilidad en la fijación de las superficies de despeje de obstáculos, aclarando que la función del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) no se circunscribe al contralor de las obras comprometidas dentro del perimetro de los aeropuertos de titularidad estatal, debiendo entender en la adecuación de las ordenanzas municipales referidas a los permisos, servidumbres, expropiaciones por causa de utilidad pública, así como en la determinación del peligro que representan los obstáculos, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 32 del Decreto 375/97 y del ejercicio del poder de policía aeronáutica sobre la zona de despeje.<br />
Artículo 2 - <strong>Regístrese, Póngase en consideración de la Fuerza Aérea Argentina, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese - Orlando Caporal - Alejandro A. Granados.</strong>  
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=437</wfw:commentRSS>
		</item>
		<item>
		<title>MASSA ESTABA INFORMADO (Equipos para la Victoria/2007)</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=436</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=436#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 13 May 2008 01:51:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=436</guid>
		<description><![CDATA[&#8230; si no desarrollamos un proyecto de política municipal activa, capaz de utilizar todas las herramientas del derecho en pos de vivir en justicia, nada es posible.                     
Debemos abrir la ley Orgánica Municipal en abanico y extenderla hacia todos lo códigos y estratos de la justicia, defendiendo el primer valor: LA VIDA EN TODAS SUS ESPECIES.
En [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>&#8230; si no desarrollamos un proyecto de política municipal activa, capaz de utilizar todas las herramientas del derecho en pos de vivir en justicia, nada es posible.</strong>                     <br />
Debemos abrir la ley Orgánica Municipal en abanico y extenderla hacia todos lo códigos y estratos de la justicia, defendiendo el primer valor: LA VIDA EN TODAS SUS ESPECIES.<br />
En lo ambiental, hemos de partir sabiendo que sus bases son supraconstitucionales y de no ejercer el derecho que lo instrumenta, no podremos ordenar el grave desastre ambiental de Tigre continente y Delta.<br />
De esta misma manera, por ser Tigre cuello de botella en la Cuenca del Río Reconquista, somos quizás los primeros responsables en autogestionar el control de sus aguas y lodos, apenas ingresa en territorio tigrense.<br />
Ello en una suerte de prevención y de apuntar jurídicamente a los 17 municipios que por encima de nosotros cometen genocidio al contaminar criminalmente la cuenca.                        <br />
Afirmo entonces que la Secretaría de Gestión Ambiental de nuestro proyecto, ha de tener relación y dependencia directa con el ejecutivo municipal, sin olvidarnos del poder policial y control que detentará.<br />
Propongo que:      <br />
1.- Actividades reservadas a la Secretaria de Gestión Ambiental Municipal<br />
A. Realizar, estudios, evaluar, proyectar, dirigir y supervisar la construcción, operación y mantenimiento; auditar y monitorear:<br />
1. Obras e instalaciones destinadas a evitar la contaminación ambiental producida por efluentes de todo tipo originados por las industrias y/o sus servicios derivados.<br />
2. Obras e instalaciones destinadas a evitar la contaminación ambiental producida por áreas urbanas, como consecuencia de sus residuos sólidos, líquidos y gaseosos<br />
3. Obras e instalaciones de saneamiento urbano y rural<br />
4. Obras de regulación, captación, y abastecimiento de agua.<br />
B. Realizar estudios y asesorar acerca de la polución y contaminación de cursos y  cuerpos de agua ( superficiales y subterráneos) del suelo y del aire, derivados de procesos productivos, proyectos, obras de ingeniería y otras acciones antrópicas.<br />
C. Realizar estudios y asesorar sobre la explotación, manejo y recuperación de recursos naturales.<br />
D. Coordinar la identificación, formulación, y evaluación integral (social, económica y ambiental) de proyectos que involucren o comprometan recursos naturales.<br />
E. Planificar y gestionar el uso  y administración de los recursos naturales.<br />
F. Realizar estudios y asesorar acerca de los aspectos legales, económicos y financieros relacionados a las obras de ingeniería y su incidencia en el ambiente.<br />
G. Investigar y desarrollar procesos tecnológicos en cuanto a recuperación y reciclaje de residuos urbanos, industriales, mineros y agropecuarios para su integración al medio ambiente.<br />
H. Realizar arbitrajes, peritajes, y tasaciones relacionados a la calidad de los procesos de producción y obras de ingeniería en relación con su incidencia en el ambiente.<br />
I. Evaluar y dictaminar acerca de las condiciones de higiene, seguridad y contaminación de ambientes laborales, urbanos e industriales y ecosistemas en general.<br />
J. Participar en la elaboración e implementación de políticas destinadas a controlar el uso y aprovechamiento de los recursos naturales,<br />
  2.- Actividades lindantes a la Secretaria de Medio Ambiente Municipal<br />
A. Proyectar, planificar, calcular y controlar las instalaciones, maquinarias e instrumentos de establecimientos industriales y/o comerciales en los que se involucre fabricación, transformación y/o fraccionamiento y envasado de los productos alimenticios contemplados en la legislación vigente.<br />
B. Controlar todas las operaciones intervinientes en los procesos industriales de fabricación, transformación y/o fraccionamiento y envasado de los productos alimenticios contemplados en la legislación vigente.<br />
C. Diseñar, implementar y controlar sistemas de procesamiento industrial de alimentos.<br />
D. Investigar y desarrollar técnicas de fabricación, transformación y/o fraccionamiento y envasado de alimentos, destinadas al mejor aprovechamiento de los recursos naturales y materias primas.<br />
E. Proyectar, calcular, controlar y optimizar todas las operaciones intervinientes en los procesos industriales de fabricación, transformación y fraccionamiento y envasado de los productos alimenticios contemplados en la legislación y normativa vigente.<br />
F. Supervisar todas las operaciones correspondientes al control de calidad de las materias primas a procesar, los productos en elaboración y los productos elaborados, en la industria alimentaria.<br />
G. Establecer las normas operativas correspondientes a las diferentes etapas del proceso de fabricación, conservación, almacenamiento y comercialización de los productos alimenticios contemplados en la legislación vigente.<br />
H. Participar en la realización de estudios relativos a saneamiento ambiental, seguridad e higiene, en la industria alimentaria.<br />
I. Realizar estudios de factibilidad para la utilización de sistemas de procesamiento y de instalaciones, maquinarias e instrumentos destinados a la industria alimentaria.<br />
J. Participar en la realización de estudios de factibilidad relacionados con la radicación de establecimientos industriales destinados a la fabricación, transformación y/o fraccionamiento y envasado de los productos alimenticios contemplados en la legislación vigente.<br />
K. Realizar asesoramientos, peritajes y arbitrajes relacionados con las instalaciones, maquinarias e instrumentos y con los procesos de fabricación, transformación y/o fraccionamiento y envasado utilizados en la industria alimentaria.</p>
<p><strong>TODO ELLO SE PUEDE RESUMIR DICIENDO QUE: EL GOBIERNO MUNICIPAL HA DE ESTAR PRESENTE, EJERCIENDO SUS OBLIGACIONES Y FUNCIONES, EN REPRESENTACION DEL MANDANTE.<br />
</strong>
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=436</wfw:commentRSS>
		</item>
		<item>
		<title>TIGRE: LAS TUNAS</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=435</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=435#comments</comments>
		<pubDate>Sat, 10 May 2008 12:54:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=435</guid>
		<description><![CDATA[Entregados a morir
“ Viven en condiciones de excepción, pero no ejercen por dignidad y por miedo, lo que esas condiciones aconsejan “.
Día tras día sus cuerpos incorporan agua, pero agua con un sicario silencioso, sin olor, sin color, sin sabor: ARSENICO. Hidrogeológicamente el área está deprimida, no habitable, contaminada en sus suelos, aire y agua. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Entregados a morir</strong></p>
<p><strong>“ Viven en condiciones de excepción, pero no ejercen por dignidad y por miedo, lo que esas condiciones aconsejan “.</strong></p>
<p>Día tras día sus cuerpos incorporan agua, pero agua con un sicario silencioso, sin olor, sin color, sin sabor: <strong>ARSENICO</strong>. Hidrogeológicamente el área está deprimida, no habitable, contaminada en sus suelos, aire y agua. No recuperable ni con el plan oficial: “AGUA MAS TRABAJO”. Rodeados por industrias varias, que vuelcan sus efluentes al Arroyo Las Tunas sin control alguno, están condenados aún teniendo agua potabilizada en sus casas por la constante contaminación aérea y lo acumulado en sus tierras. El concepto de erradicación de viviendas de las zonas contaminadas no se aplica, la Vulnerabilidad Sanitaria no se conoce ni conceptualmente, la carga que soportan 50 hectáreas de loteo con 25.000 habitantes más la genocida industria es incomprensible. La poligonal de AySA del proyecto de la Planta Potabilizadora en Dique Luján,  divide la troncal en dos ramales: uno por la Ruta 27 y el otro por la vieja Ruta 9. Este último nunca llegará, pues la capacidad de pago de los Barrios Carenciados no les conviene. Faltan a la verdad con el tendido de cloacas, pues las Plantas de Tratamiento de efluentes deberán sextuplicar su capacidad. A ello acompaña la falta de presupuesto y de líneas de crédito. La inmediatez con que se anuncia la final de obras no es tal. La envergadura de las mismas requieren no menos de cinco años si comenzaran hoy. El Plan Director no se conoce, tampoco el costo final de las obras. La  contaminación se suma y el daño también, sin medidas ante la emergencia por parte del municipio. La gente esta psíquicamente deprimida y físicamente entregada a morir. Es más que habitual escucharles decir en las entrevistas: “otro agua no puedo usar, no tengo dinero para comprar agua mineral”. En realidad el negocio del agua embotellada, es agua robada al Acuífero Puelche, sin control de lo entes, cuadriplégicos por connivencia. La Justicia padece de meningoencefalitis, sus incongruencias son mayúsculas. Su acción de oficio es una herramienta que se perdió entre los millones de expedientes que juntan tierra esperando prescribir. Desde el gobierno central hasta las intendencias, la anomia es su tatuaje distintivo. Este es el hilo conductor para que el pueblo no conozca sus derechos y menos los ejerza. De ellos el primero es el derecho a la vida. La mayor expresión psicótica escuchada, es digna de la declaración de insania: “El arsénico en el agua es un problema histórico” . La vida de los ciudadanos, también es un problema histórico?<br />
Constitución Nacional. Artículo 41- Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.</p>
<p><strong>Dr. Alfredo Jorge Etchevarne Parravicini<br />
MN 51994  MP 47096<br />
CPP Pcia. de Bs.As. Art.287 Inc.2</strong>
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=435</wfw:commentRSS>
		</item>
		<item>
		<title>EL AGUA CONTAMINADA</title>
		<link>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=434</link>
		<comments>http://www.bajandolinea.com.ar/?p=434#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 20 Apr 2008 12:38:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BajandoLinea</dc:creator>
		
	<category>Editorial</category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.bajandolinea.com.ar/?p=434</guid>
		<description><![CDATA[IMPORTANCIA DE LO BIOLOGICO
1.Un curso de agua es un sistema integrado a los eventos del entorno ó área de influencia  del mismo.
2.El seguimiento en la evolución de la contaminación del agua desde un concepto físico – químico no es suficientepara establecer el estado de un cuerpo de agua.
3.Los muestreos físico – químicos esporádicos de evaluación [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>IMPORTANCIA DE LO BIOLOGICO</strong></p>
<p align="left">1.Un curso de agua es un sistema integrado a los eventos del entorno ó área de influencia  del mismo.<br />
2.El seguimiento en la evolución de la contaminación del agua desde un concepto físico – químico no es suficientepara establecer el estado de un cuerpo de agua.<br />
3.Los muestreos físico – químicos esporádicos de evaluación de la calidad del agua no entregan una visiónacabada del comportamiento y la dinámica de los procesos de contaminación del curso de agua.<br />
4.Con el método físico – químico no se contempla a la biota.<br />
5.Los tóxicos actúan entre sí y con sustancias naturales, variando su toxicidad sea por antagonismo, sinergismo, subiodisponibilidad y acumulación en la biota.<br />
6.En sistemas de contaminación mixta, se utilizará para su seguimiento indicadores biológicos.<br />
7.Los apropiado son los indicadores diatomológicos, para evaluar la calidad del agua.<br />
8.La Limnología es más adecuada como enfoque integral para estos casos, ya que por ejemplo, la relación entrediatomeas Arrafaidales y Centrales decrece al aumentar la contaminación.<br />
9.El Reconquista es un río contaminado en donde se viola la normativa vigente en la materia. Por medio de modelosde eutróficación que relacionan la capa de nutrientes con la concentración de clorofila a, se puede caracterizar la calidad del agua.<br />
10.La contaminación es sinónimo de cambio en el medio afectado y el Río Reconquista no es capaz de absorbereste cambio pero si de dispersar los contaminantes por todo el ambiente.<br />
11.Los metales pesados se acumulan tanto en el seno del líquido como en la biota y sedimentos.<br />
12.La implementación conjunta de Monitoreo de Aguas y Estudios Epidemiológicos es una forma ad hoc de ponderary “mapear” la dispersión de contaminantes producida por el desvío del Río Reconquista.<br />
13.La intervención del Colegio Médico de la Provincia de Buenos Aires da sustento a lo epidemiológico conocido y posible.<br />
14.No es necesario detectar patologías asociadas a los contaminantes para declarar el Alerta Sanitaria y Ecológica.<br />
15.En los Monitoreos de Aguas las muestras de agua siempre deben ir acompañadas de las muestras de barros ósedimentos de contaminantes.<br />
16.La acumulación de contaminantes en los sedimentos muestran la historia de la contaminación en un curso deagua.<br />
17.La adsorción es el proceso fisicoquímico que fija los metales pesados a los barros subyacentes.<br />
18.Este proceso está relacionado con la granulometría de los sedimentos.<br />
19.Hay procesos fisicoquímicos naturales ó provocados que pueden liberar los contaminantes de los barros.<br />
20.No es conveniente la remoción de los barros.<br />
21.Los metales pesados abundan en el Río Reconquista.<br />
22.Los metales pesados más abundantes en el Río Reconquista, son: Zinc, Cromo, Cadmio, Cobre, Plomo,Arsénico. También hay pesticidas organoclorados yorganofosforados. Ello lleva a un gran deterioro de la calidad del agua, con concentraciones de metales disueltos y pesticidas que superan ampliamente los límites para la<br />
protección de la vida acuática.<br />
23.Los metales pesados pueden presentarse en asociaciones químicas.<br />
24.Los metales pesados en asociación no se pueden determinar de manera directa en laboratorio.<br />
25.El replanteo de la POLIGONAL realizado conjuntamente entre la Ing. Alexandroff y el Ing. Costa López en el año1994, más el muestreo para establecer el estado del agua y de los barros dio resultados de análisis propios de un estado de contaminación manifiesto.<br />
26.Durante el recorrido por el cauce del Río Reconquista, se individualizó descargas directas de efluentes industriales.<br />
27.El temperamento adoptado por el UNIREC para este tipo de descargas, fue la participación a AGOSBA.<br />
28.Estas descargas continúan descargando sus efluentes de la misma forma en las mismas u otras industrias.<br />
29.Debería haberse incluido el Arroyo Morón en el proyecto de UNIREC.<br />
30.Los contaminantes que aporta el Arroyo Morón son metales pesados, pigmentos y fenoles.<br />
31.Debería haberse incluido el Relleno Sanitario del CEAMSE sito en Bancalari dentro del proyecto UNIREC.<br />
32.La contaminación que  aporta éste relleno es bacteriana.<br />
33.Entre el CEAMSE y el Arroyo Morón sus vertidos son los que mayor carga contaminante aportan.<br />
34.El aporte de contaminantes al medio es de a pulsos y no coincide con las tomas de muestras.<br />
35.En el caso del Río Reconquista se determinó que los efluentes descargados no lo hacían en forma contínua, sino intermitente los días de semana por la noche y los fines de semana, pues no hay control del estado municipal ni provincial.<br />
36.Son el Río Luján, el Río Carapachay y el Río Caraguata los receptores de las aguas altamente contaminadas del Río Reconquista.<br />
37.Pone ello en riesgo potencial la salud de los habitantes de la Primera Sección del Delta y de la costa del Tigre ySan Fernando.<br />
38.Si se detiene el vertido de contaminantes, se posibilita la recuperación del curso de agua.<br />
39.Los metales pesados son tóxicos por ser biorrefractarios y bioacumulativos.<br />
40.Cuando en la cadena trófica se arranca desde los niveles más bajos y alcanza a los superiores o el hombre, el metal ha podido concentrarse incluso varios miles de veces.<br />
41.Como microcontaminantes se encuentra en pequeña concentración, pero sus efectos en el medio son amplios.<br />
42.Los microcontaminantes inorgánicos (metales traza) tienen bien definidas sus características en el medio. Son biorrefractarios, es decir,  tienden a persistir en el medio ambiente indefinidamente, por lo que presentan una amenaza más seria que los compuestos orgánicos.<br />
43.Además, aunque la concentración de un metal pesado en el agua suele ser muy pequeña, sin embargo el mayor problema que presenta al medio ambiente en general es la posibilidad de que sufra bioconcentración.<br />
44.Los mecanismos que regulan la presencia de los metales traza en el agua, además, de los microorganismos que tienden a variar el pH y el potencial redox, es la solubilidad de las sales que se pueden formar de los mismos.<br />
45.Ahora bien, el conocimiento de esta solubilidad es muy relativa, ya que en el agua no se realiza un proceso unitario, sino que son varios los que tienen lugar simultáneamente, por lo que influirán, entre otros muchos factores, su salinidad, el efecto del ión común, fenómenos de coprecipitación, pH, etc.<br />
46.El Cromo se encuentra con las valencias 3+ y 6+, siendo el Cr6+ mucho más peligroso que el Cr3+. Existe una mayor probabilidad de absorción de Cr6+ en el tracto gastrointestinal que de Cr3+ y además es capaz de penetrar las membranas celulares. El Cr6+  se considera cancerígeno no así el Cr3+.<br />
47.Toxicidad: esta característica identifica a aquellos residuos o a sus productos metabólicos que poseen la capacidad de, a determinadas dosis, provocar por acción química o quimicofísica un daño en la salud, funcional u orgánico, reversible o irreversible, luego de estar en contacto con la piel o las mucosas o de haber penetrado en el organismo por cualquier vía.<br />
48.Se debe diferenciar entre:<br />
   - Toxicidad aguda, el efecto se  manifiesta luego de una única administración.<br />
   - Toxicidad subaguda o subcrónica, el efecto se manifiesta luego de la administración o contacto  con el material durante un período limitado. Ejemplo: de 1 a 3 meses.<br />
- Toxicidad crónica, el efecto tóxico se manifiesta luego de una administración o contacto durante períodos mucho másprolongados.<br />
49.Las determinaciones de toxicidad se pueden subdividir en dos grandes categorías:<br />
   - Toxicidad Humana: oral, inhalatoria, penetración dérmica, irritación dérmica.<br />
   -  Ecotoxicidad: acuática, terrestre.<br />
50.A fin  de cuantificar  resultados de toxicidad, se empleará el índice LD50 o dosis letal media, la  cual indica la dosis (o cantidad total realmente ingresada dentro de un organismo) de una sustancia que dentro de un determinado período es mortal para el hombre o animal.<br />
LC50: indica concentración letal media, es decir la concentración en el ambiente.<br />
51.Teratogenicidad: esta característica identifica a aquellos residuos que por su composición producen efectos adversos sobre el feto, pudiendo provocar la muerte del embrión u ocasionar deformaciones, o conducir a una merma del desarrollo intelectual o corporal.<br />
52.Mutagenicidad: esta característica de riesgo, identifica a aquellos residuos que en base a las sustancias que contienen provocan mutaciones en el material genético de las células somáticas o de las células germinales. Las mutaciones en las células corporales pueden ser causantes de cáncer, mientras que las mutaciones en las células<br />
germinales (embrionarias y esperma) se pueden transmitir<br />
hereditariamente.<br />
53.Carcinogenicidad: con esta característica se identifica  a aquellos residuos capaces de originar cáncer.</p>
<p align="left"><strong>Dr. Alfredo Jorge Etchevarne Parravicini<br />
             MN 51994  MP 47096</strong>
</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRSS>http://www.bajandolinea.com.ar/?feed=rss2&amp;p=434</wfw:commentRSS>
		</item>
	</channel>
</rss>

